sábado, 24 de mayo de 2014

ATENCIÓN MATERNO INFANTIL.
En el mundo cerca de 500.000 mujeres mueren cada año por complicaciones relacionadas con el embarazo y el parto. En Colombia, de acuerdo con datos del Ministerio de la Protección Social, en el año 2005 murieron 73 mujeres por cada 100.000 nacidos vivos, tasa que  implica que en ese año murieron alrededor de 509 mujeres por causas derivadas de la maternidad. La tasa de mortalidad materna es aún más alta en regiones como Guainía,, Chocó, Guajira, Guaviare y Cauca.

Es importante mencionar que  la mayoría de las muertes maternas ocurren entre el primer trimestre de la gestación y la primera semana después del parto y pueden ser extremadamente altas en el primero y segundo día después del nacimiento, pero tenemos que preguntarnos ¿Dónde tienen lugar las muertes maternas? La mayoría de ellas  ocurren en los hospitales por tres circunstancias: 
  • Las mujeres que llegan muy tarde a recibir atención de emergencia en estado casi moribundo.
  • Las mujeres que llegan con complicaciones que hubieran podido solucionarse con intervenciones efectivas y oportunas en una institución de salud.
  • Las que son admitidas para un parto normal y súbitamente desarrollan complicaciones, mueren con y sin atención de emergencia.

La salud materna y neonatal están estrechamente relacionadas, ya que cuando una mujer pierde la vida casi siempre muere el bebe recién nacido.. En Colombia se ha logrado una notable reducción de la mortalidad infantil en las últimas décadas, pero infortunadamente la mortalidad neonatal que ocurre en el primer mes de vida, sigue cobrando gran importancia.      Lo realmente triste es que las causas de la mortalidad materna son en su mayoría evitables; pues en ella intervienen factores relacionados directamente con los servicios del sector de la salud, pero igualmente con la educación, el agua y el saneamiento, la comunicación, el transporte, los ingresos, la cultura, la discriminación y la violencia contra las mujeres, la falta de poder para tomar decisiones sobre sus cuerpos y sus vidas, claro esta que estas son unas pocas de las más importantes.
     Las causas de las muertes derivadas de la maternidad son por lo general las mismas en todos los países: trastornos de la hipertensión, hemorragias, retención fetal y abortos practicados en condiciones inseguras e infecciones, pero en los países pobres las mujeres son más vulnerables debido a la negación permanente de sus derechos fundamentales y a la falta de poder para exigirlos.
L   Las consecuencias de la mortalidad materna son graves para la familia y la comunidad, por cuanto la familia se desestabiliza y disgrega, por lo general el neonato también fallece en el curso del primer año de vida, los niños  pequeños no reciben los cuidados necesarios para su óptimo desarrollo, fundamental para el desarrollo humano.
    frente a la mortalidad materna el país cuenta con una importante base jurídica sustentada en tratados internacionales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los pactos internacionales de Derechos Civiles y Políticos, Económicos, Sociales y Culturales, las Cumbres y Convenciones que han reconocido los derechos de las mujeres y han planteado la meta de reducir la mortalidad materna, como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (El Cairo 1994), la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social (Copenhague 1995) y la Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing 1995), como también en la Convención de los Derechos del Niño (1989). Así mismo, los Objetivos de Desarrollo del Milenio que contemplan la mortalidad materna como una prioridad. El Objetivo 5 plantea la reducción en tres cuartos de las tasas de mortalidad materna para el año 2015 y el acceso universal a los servicios de salud sexual y reproductiva para el mismo año.
  
   Pero en cuanto a lo  jurídico y normativo existente, lamentablemente aún no se ha logrado cumplir con las metas debido a múltiples factores que tienen que ver con deficiencias  de acceso a los servicios, mala atención, baja cobertura y discriminación, además, con la invisibilidad social de la muerte derivada de la maternidad, la cual tiene un fuerte sesgo de género. 
    Así vemos como  aún persisten mentalidades  sociales que naturalizan la muertes maternas con un destino inevitable derivado de la maternidad, donde  la muerte de una mujer durante el embarazo y el parto no alerta lo suficiente a las autoridades, políticos, medios de comunicación, ni siquiera muchas veces a las familias para rechazar estas muertes y exigir el derecho a la maternidad segura.
   CONTINUACIÓN MENCIONARE CIERTAS LEYES QUE RIGEN ESTA PROBLEMÁTICA: 
    Proyecto de ley 237 de 2008 senado: por la cual se declara urgencia vital la atención integral del servicio de salud materna, dentro del Sistema de Seguridad Social en Salud.     
   DECRETA: Artículo 1: en el artículo 166 de la Ley 100 de 1993, se definió atención de la salud de la mujer gestante, durante el período del embarazo, el parto, el puerperio y las afecciones relacionadas con la lactancia. En consecuencia, el artículo 166 de la Ley 100 de 1993, quedará así:
   Artículo 166 Atención: materno infantil: El Plan Obligatorio de Salud para las mujeres en estado de embarazo cubrirá como una urgencia vital los servicios de: planificación familiar, obstétricos de salud en el control prenatal, la detección temprana de las alteraciones del embarazo, la atención del parto, el control del postparto o sus complicaciones obstétricas, las afecciones relacionadas con la lactancia materna y el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo, (Sentencia C-355 de 2006).
     Artículo 2: Atención integral a la salud materna como urgencia vitalA partir de la presente ley se entiende la urgencia vital, dentro de la atención integral a la salud materna, como aquella situación de grado superior a la urgencia en que exista un peligro inmediato, real o potencial que, ante la falta de atención médica inmediata, adecuada y cualificada, dé lugar a la muerte de la paciente o del nacido o a la producción de graves secuelas físicas o psicológicas permanentes en la salud de ambos.
   Artículo 3: AccesibilidadLas entidades prestadoras de servicios de salud, a partir de la presente ley, adecuarán los horarios y turnos de atención para las mujeres embarazadas, a fin de facilitar y garantizar su concurrencia a los controles, intervenciones clínicas y demás procedimientos.
    Artículo 4: Se ofrecerá a toda mujer en proceso de gestación, previa información completa, objetiva y adecuada por parte del médico tratante o su entidad prestadora de servicios de salud, la posibilidad de elegir entre el procedimiento de parto vertical, en cualquiera de sus modalidades, o parto horizontal a la hora del alumbramiento. 
     Articulo 5: Identificación temprana de riesgos del binomio madre e hijo. A partir de la vigencia de la presente ley, todas las entidades prestadoras de servicios de salud están en la obligación de suministrar los suplementos vitamínicos de calidad a la gestante y a realizar todos los exámenes necesarios para la prevención de enfermedades y malformaciones congénitas asociadas a infecciones que se presenten en el feto, ordenados bajo criterio y discreción del médico tratante.
     En pocas palabras se quiere decir que toda mujer tiene el derecho fundamental a un embarazo y a un parto seguros y a una maternidad saludable y satisfactoria, de ahí que el propósito de la presente iniciativa es poner el tema de la salud materna como una urgencia vital del Sistema de Seguridad Social en Salud, con el fin de lograr la reducción de la morbilidad y la mortalidad materna y perinatal, a través de la detección temprana, eficaz y eficiente de las alteraciones del embarazo.
      Otra importante forma de protección para la salud materno infantil que tiene Colombia es IIAMI (Iniciativa instituciones amigas de la mujer y la infancia IIAMI)
    La Iniciativa Instituciones Amigas de la Mujer y la Infancia, IIAMI como se denomina en Colombia a la iniciativa Hospitales Amigos de los Niños, promulgada en la Declaración Conjunta OMS/UNICEF  1989,Fue ratificada en 1990 en la Cumbre Mundial a Favor de la Infancia y adoptada por Colombia a través de la Ley 12 de 1991.
    
     El propósito inicial de esta Iniciativa fue recuperar la práctica de la lactancia materna como una estrategia de supervivencia infantil, por su contenido en factores inmunes que protegen al niño de las enfermedades más frecuentes, causantes en muchas ocasiones de muerte en la primera infancia, especialmente en los servicios médicos de maternidad y de atención al recién nacido. Para ello Planteó acciones de promoción, protección y apoyo a la lactancia natural en las instituciones con atención materna e infantil como:
  • Ÿ        Lactancia materna
  •        Nutrición de la mujer
   Importante recordar que el sistema de garantía de calidad de los servicios de salud en Colombia tiene cuatro componentes para garantizar la calidad y orientar a los usuarios en el ejercicio de sus derechos:
  • Ÿ            Sistema Único de Habilitación
  • Ÿ     Sistema de Auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención de salud
  • Ÿ      Sistema Único de Acreditación
  • Ÿ   Sistema de Información para la Calidad.

    La enfermería materno infantil se define como todos los cuidados que se proveen durante y después del embarazo tanto para la madre como el niño, tiene como objetivo prevenir complicaciones o enfermedades que puedan interferir en el funcionamiento normal del ciclo reproductivo, el embarazo y el nacimiento.
   Nuestra función esta enfocada a lograr el objetivo ideal de que todos los embarazos sean deseados y el resultado sea una madre sana, un niño sano y una unidad familiar adecuada. Pero como esto no siempre es posible el personal de enfermería realiza una labor enfrentando retos para evitar los riesgos y problemas de salud, para detectarlos en una fase precoz y prevenir las consecuencias o minimizar efectos adversos, para favorecer el bienestar físico, mental y social de todos los miembros de la unidad familiar.

     Ya en el momento de conocer como se desarrolla la salud materno infantil, que tan frecuente es la mortalidad y demás deficiencias de esta problemática y sus determinadas leyes que se han ido instaurando en Colombia  para tratar de mejorarla y generar focos de apoyo a la maternidad y la infancia  es donde como personal de la salud tenemos la tarea de formular y plantear propuestas para mejorar cada vez mas la salud materno infantil en Colombia:

  •       Orientar a las parejas sobre la preparación para ser padres, ya que ambos necesitan estar involucrados durante este proceso.
  •       Entrevistar y convencer  del trabajo comunitario a los líderes en la comunidad para la salud materna infantil para crear focos claves para compartir nuestros conocimientos.
  •      Apoyar a las madres cabezas de familia y capacitarlas sobre todos los derechos que tienen y que pueden utilizar para su salud y la de sus bebes.
  •          Realizar innovaciones al trabajo comunitario en salud materno infantil para obtener una mejor respuesta por parte de las maternas. 
  •           Diseñar proyectos de investigación y de intervención en el área de enfermería materna infantil, para interactuar con nuestra comunidad e identificar los problemas que mas prevalecen en ella.
  •      Emplear métodos prácticos para la educación de la madre, niños y  adolescentes, en cuanto a  educación sexual y nutricional, para la reducción de embarazos en adolescentes.
  •      Educar a  la mujer para  que sepan espaciar los embarazos y decidir cuántos hijos tener.
  •      Propiciar el  mejoramiento de la nutrición materna.
  •      Desarrollar sistemas nacionales de salud más efectivos y eficientes.
  •      Apoyar el uso de servicios de salud reproductiva orientados a partos asistidos y planificación familiar.
  •      Vincular el financiamiento a los resultados en los programas de salud materna.

 BIBLIOGRAFIA

Ÿ                   http://www.bancomundial.org/odm/salud-mujer.html

jueves, 8 de mayo de 2014

SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE LA CALIDAD

1: Cuál es el objetivo del decreto 1011 de 2006 frente a la calidad de los servicios de Salud.

· Monitorear: Hacer seguimiento a la calidad de los servicios para que los actores, las entidades directivas de inspección, vigilancia y control del Sistema realicen el monitoreo y ajuste del SOGCS.
· Orientar: Contribuir a orientar el comportamiento de la población general para la selección de la EAPB (entidades administradoras de planes de beneficios) y las IPS, por parte de los usuarios con base en información sobre su calidad.
·  Referenciar: Contribuir Al asesoramiento de la calidad de los servicios entre las EAPB y las IPS.
· Estimular: Propende por apoyar e incentivar la gestión de la calidad basada en hechos y datos
.
Además lleva a cabo tres tipos de acciones:

Acciones Preventivas: Conjunto de procedimientos, actividades de auditoría sobre los procesos prioritarios definidos por la entidad, que deben realizar las personas y la organización, en forma previa a la atención de los usuarios para garantizar la calidad de la misma.

Acciones de Seguimiento: Conjunto de procedimientos, actividades de auditoría, que deben realizar las personas y la organización a la prestación de sus servicios de salud, sobre los procesos prioritarios, para garantizar su calidad.

Acciones Coyunturales: Conjunto de procedimientos, actividades para alertar, informar y analizar la ocurrencia de eventos adversos durante los procesos de atención de salud y facilitar la aplicación de intervenciones orientadas a la solución inmediata de los problemas detectados y a la prevención de su recurrencia.

2. Realice un cuadro sinóptico con la información de aplicación del decreto 1011 de 2006 para los diferentes actores del sistema de seguridad social en salud.




 3. Cuál es la definición de atención en salud, del decreto 1011 de 2006 y cuales actividades creen que pueden realizar como profesionales de enfermería en estas atenciones.

ATENCIÓN DE SALUD: Se define como el conjunto de servicios que se prestan al usuario en el marco de los procesos propios del aseguramiento, así como de las actividades, procedimientos e intervenciones asistenciales en las fases de promoción y prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación que se prestan a toda la población.


·         Como profesionales de la salud nos enfocaríamos en programas comunitarios, atendiendo a las poblaciones más vulnerables y con poca educación en cuidados higiénicos, de salubridad y en lugares donde falte intervención de parte del personal de salud. Optaríamos por la realización de encuestas para detectar los principales problemas o necesidades y de acuerdo a esto saber que actividades son las adecuadas para aplicar en el proceso de intervención (charlas sobre salud sexual y reproductiva, jornadas de vacunación, buenas prácticas alimentarias, (ETC).


4. Cuáles son los cuatro componentes de la auditoria en calidad propuestos por SOGC.

1. El Sistema Único de Habilitación.
2. La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud.
3. El Sistema único de Acreditación.
4. El Sistema de Información para la Calidad.

Entidades responsables del funcionamiento del SOGCS

  •   Ministerio de la Protección Social.
  •   Superintendencia Nacional de Salud.
  •   Departamentales y Distritales de Salud.
  •  Entidades Municipales de Salud
5. Cuáles son las asignaciones de responsabilidades de la supersalud.

Artículo 8. Funciones generales. La Superintendencia Nacional de Salud deberá cumplir las siguientes funciones, sin perjuicio de las que le señalen la Constitución, la ley y demás normas especiales:
  • Velar por el cumplimiento de las normas constitucionales, legales y las demás disposiciones vigentes por parte de los diversos actores del sector, a fin de garantizar la operatividad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  • Inspeccionar, vigilar y controlar el desarrollo de la normatividad vigente en lo referente a la operatividad de los regímenes contributivo y subsidiado en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  • Desarrollar un sistema de atención integral al usuario, que permita su adecuada información, oportuna atención de quejas y reclamos y la solución alterna de conflictos de acuerdo con la ley.
  •   Autorizar el funcionamiento de EPS, ARS y entidades de medicina prepagada, en concordancia con la normatividad vigente.
  •   Dictar órdenes, emitir instrucciones y aplicar las sanciones respectivas, relacionadas a aquellos asuntos que son objeto de su competencia, de acuerdo con las normas legales.
  •   Inspeccionar, vigilar y controlar la prestación de los diferentes planes de salud contemplados en el Sistema de Seguridad Social en Salud.
ASIGNACIONES DE RESPONSABILIDAD SUPERSALUD: Ministerio de la protección social - súper intendencia nacional de salud - entidades departamentales y distritales de salud - entidades municipales de salud.

6. Que es el PAMEC, cual es la ruta crítica.

Programa de auditoria para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud: es un método por el cual la institución implementa el componente de auditoria para el mejoramiento de la calidad de  la atención en salud, el cual debe ser un dispositivo de mejoramiento continuo, en el sistema obligatorio de garantía de calidad, entendida como “ el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad observada, respecto de la calidad esperada, de la atención en salud que reciben los usuarios”.


7. Cuáles son los niveles de auditoría. Defínalos

ARTÍCULO 33: NIVELES DE OPERACIÓN DE LA AUDITORÍA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE SALUD: En cada una de las entidades obligadas a desarrollar procesos de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de los Servicios de Salud, el modelo que se aplique operará en los siguientes niveles:

1. Autocontrol: Cada miembro de la entidad planea, ejecuta, verifica y ajusta los procedimientos en los cuales participa, para que éstos sean realizados de acuerdo con los estándares de calidad definidos por la normatividad vigente y por la organización.
2. Auditoria Interna: Consiste en una evaluación sistemática realizada en la misma institución, por una instancia externa al proceso que se audita. Su propósito es contribuir a que la institución adquiera la cultura del autocontrol.
Este nivel puede estar ausente en aquellas entidades que hayan alcanzado un alto grado de desarrollo del autocontrol, de manera que éste sustituya la totalidad de las acciones que debe realizar la auditoria interna.
3. Auditoria Externa: Es la evaluación sistemática llevada a cabo por un ente externo a la institución evaluada. Su propósito es verificar la realización de los procesos de auditoría interna y autocontrol, implementando el modelo de auditoria de segundo orden. Las entidades que se comporten como compradores de servicios de salud deberán desarrollar obligatoriamente la auditoría en el nivel de auditoría externa.

8. En el anexo técnico 1 del decreto 1445 de 2006 de acreditación, busque el Estándar I.1.B sobre derechos de los afiliados y diga cómo se evalúa este ítem si usted fuera un verificador.


 9. Busque en la resolución 1445 de 2006 sobre los indicadores del Sistema cuales son
Indicadores de oportunidad y de acceso a medir a las EPS/IPS.

INDICADORES DE ACCESO
  •   Tiempo de espera en la atención.
  •    Porcentaje de citas canceladas.
  •    Promedio de exámenes por paciente.
  •    Oportunidad de servicios pos o pos-s.


INDICADORES DE OPORTUNIDAD
  •    Oportunidad en la atención en consulta de odontología general.
  •  Oportunidad de asignación de citas en la consulta externa.
  •   Oportunidad de asignación de citas en la consulta médica especializada (pediatría).


INDICADORES DE ACCESIBILIDAD Y OPORTUNIDAD A MEDIR LAS IPS
  •  Oportunidad de la asignación de cita en la Consulta Médica General
  •   Oportunidad de la asignación de cita en la Consulta Médica especializada.
  •      Oportunidad en la atención en consulta de Odontología General.

10. De acuerdo a la resolución 1441 de 2013, de habilitación defina cuales son las 3
Condiciones para habilitar una IPS.

1: Capacidad tecnológica y científica: estándares de habilitación establecidos por el ministerio de protección social.
2: suficiencia patrimonial y financiera: cumplimiento de las condiciones que posibilitan la estabilidad financiera.
3: capacidad técnico administrativa:
  •    cumplimiento de los requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación legal.
  •  Sistema contable para generar estados financieros.

1  11. Cuáles son los focos de seguridad del paciente en la nueva norma de habilitación.


ESTRUCTURA DEL MODELO DE SEGURIDAD DE PACIENTE
INSTITUCIONAL
Conjunto de conceptos, lineamientos y herramientas que tienen como propósito el mejoramiento de los procesos clínicos y de poyo en las organizaciones que prestan servicios de salud, enfocados en la seguridad de los pacientes, propiciando entornos seguros.

 Tiene cuatro focos fundamentales:

1: Seguridad Clínica:
Todas las acciones encaminadas a garantizar seguridad a nuestros pacientes. (Guías de manejo, adherencia a protocolos) 
 2. Farmacovigilancia:
Actividades relacionadas con el reporte, análisis y prevención de todos aquellos PRM (Problemas relacionados con los medicamentos). 
3. Tecnovigilancia:
Es el conjunto de actividades que tienen por objeto la identificación y la cuantificación de efectos indeseados producidos por los dispositivos médicos, así como la identificación de los factores de riesgo, con el fin de determinar la frecuencia, gravedad e incidencia de los mismos para prevenir su aparición.
4. Ambiente Físico:
Entorno seguro que garantiza control de riesgos y prevención de eventos adversos, con el objetivo de mejorar la calidad y la seguridad en la prestación de servicios de salud.



    12. Con la Tabla 1 de la resolución 1441| de 2013, diga cómo es la estructura de los servicios de salud en Consulta externa, urgencias y los servicios Quirúrgicos.


SERVICIO. Es la unidad básica habilitable del sistema único de habilitación de prestadores, por tanto, es a la cual apuntan los criterios de los estándares de habilitación, a partir de los cuales se establece la autorización para el funcionamiento de cualquier prestador de servicios de salud.

CONSULTA EXTERNA
  •  Consulta externa general
  • Consulta externa especialidades médicas
  • Consulta externa de medicina estética
  • Consulta odontológica general y especializada
  • Medicinas alternativas


Urgencias
  •       Urgencias baja complejidad
  •        Urgencias mediana y alta complejidad


Quirúrgicos:
  •     Cirugía baja complejidad
  •     Cirugía mediana y alta complejidad
  •     Cirugía ambulatoria
  •     Trasplante de órganos
  •    Trasplante de tejidos
  •    Trasplante de progenitores hematopoyéticos
  •    Traslado asistencial básico
  •     Traslado asistencial medicalizado

13. Resuma por favor las modalidades en que se pueden prestar los servicios de salud.

·         DE LAS MODALIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS: Los prestadores de servicios de salud pueden prestar servicios de salud bajo dos modalidades: hospitalaria y ambulatoria; esta última podrá ser intramural o extramural. Los prestadores de servicios de salud pueden establecer distintas combinaciones en la prestación de los servicios.

·         MODALIDAD INTRAMURAL: es la atención ambulatoria y hospitalaria que se realiza en una misma estructura de salud.

·   MODALIDAD EXTRAMURAL: Son aquellos servicios que se ofrecen a la población en espacios no destinados a salud o espacios de salud de áreas de difícil acceso que no cuentan con servicios quirúrgicos habilitados.

DE LA COMPLEJIDAD DE LOS SERVICIOS. Los servicios se continuarán clasificando en grados de complejidad de acuerdo con la tecnología y el personal responsable de cada actividad, intervención o procedimiento de salud. Los grados de complejidad son bajo, mediano y alto, en este último se incluyen los niveles tres y cuatro previstos en la Resolución 5261 de agosto 5 de 1994.
Los prestadores pueden prestar uno o más servicios de distinto grado de complejidad y/o modalidad, para lo cual deben cumplir los requisitos esenciales de prestación de servicios establecidos en las normas sobre garantía de calidad. 



REALIZADO POR: 
                                ANA CAROLINA MEJIA GALLEGO
                                DANIELA VERGARA MONSALVE

BILIOGRAFIA

















jueves, 20 de marzo de 2014

PRINCIPALES OBJETIVOS DE LA LEY 715 EN LO QUE CORRESPONDE A SALUD

Uno de los objetivos fundamentales de la ley 715 de 2001 en el sector salud fue el de armonizar los principios establecidos por la ley 100 de 1993, en el sentido de acelerar el proceso de transformación de subsidios de oferta a demanda.
En cuanto a las competencias en el sector salud por parte de la nación y  las entidades territoriales, dicha ley establece lo siguiente:
 Ø  Formular las políticas, planes programas y proyectos de interés para el sector salud y el sistema general de seguridad social en salud (SGSS) y coordinar su ejecución, seguimiento y evaluación.
 Ø  Impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del sistema general de participaciones.
 Ø  Expedir la regulación para el sector salud y el SGSS en salud.
 Ø  Definir y aplicar sistemas de evaluación y control de gestión técnica, financiera y administrativa a las instituciones que participan en el sector y en el sistema, así como divulgar sus resultados con la participación de las entidades territoriales.
 Ø  Reglamentar, distribuir, vigilar y controlar el manejo y la destinación de los recursos del sistema general de participaciones en salud y del SGSS.
 Ø  Establecer los procedimientos y reglas para la intervención para la intervención técnica y administrativa de las instituciones que manejan los recursos, sea para su liquidación o administración a través de la superintendencia nacional de salud.
 Ø  Definir las prioridades de la nación y de las entidades territoriales en materia de salud publica y acciones de obligatorio cumplimiento del PAB (plan de atención básica).
 Ø  Adquirir, distribuir y garantizar el suministro oportuno de insumos para el control de vectores y medicamentos para el manejo de los esquemas básicos de enfermedad transmisibles y de control especial.
 Ø  Definir, implantar y evaluar la política de prestación de servicios de salud, normas para controlar su crecimiento, mecanismos de libre elección por parte de los usuarios y la garantía de la calidad.
 Ø  Prestar servicios especializados atreves de las instituciones adscritas.
 Ø  Ayudar en la afiliación de la población pobre al régimen subsidiado mediante  apropiaciones del presupuesto nacional.


COMO SE FINANCIA EL SISTEMA

La ley 715 implementa nuevos cambios como lo son el manejo de recursos de la salud en un fondo separado, ya que la tesorería de la nación giraba un cheque a los fondos comunes del municipio. Con este cambio el gobierno espera evitar desviaciones, embargos y malos usos del dinero que debería ser utilizado para salud por parte de los municipios; ya que la contratación y el pago del régimen subsidiado era muy ineficiente y dispone que los recursos deben ser destinados a financiar la nueva afiliación de la población por atender urbana y rural del régimen subsidiado.
El sistema de participación en salud destinara los recursos de la siguiente manera:
Ø  Financiando subsidios hasta logar una cobertura total, incluyendo poblaciones vulnerables no incluidas en el sistema, distribuyendo a nivel de corregimientos departamentales, municipios y distritos.
Ø  Acciones de salud pública definidas como prioritarias por el ministerio de salud.
Ø  La ampliación de la cobertura también se realizara con los recursos del FOSYGA.
Ø  Los recursos se distribuyen dividiendo la población pobre para ajustar algunos servicios no incluidos en el pos, de esta manera a cada departamento le corresponde el 59% de los recursos y el 41% restante será destinado a financiar la atención en el primer nivel de complejidad en cada uno de estos lugares.
Ø  Para racionalizar los costos se tomara como referencia las tarifas establecidas por el ministerio de salud.
Ø  De acuerdo con los valores correspondientes a la aplicación de los criterios de población, equidad y eficiencia administrativa determinando así:
Población por atender: es la población total de cada entidad territorial certificada por el DANE para el respectivo año y se distribuirá entre los distritos, municipios y corregimientos de acuerdo con su población.
Equidad: es el peso relativo que se asigna a cada entidad territorial de acuerdo con su nivel de pobreza y los riesgos en salud publica.
Eficiencia administrativa: es el mayor o menor cumplimiento en metas prioritarias de salud publica medidas por indicadores.
De este modo los recursos para financiar los eventos de salud publica, se distribuirán a los criterios antes mencionados asi:40% para población por atender,50% por equidad y 10%por eficiencia administrativa.

APUNTES

Los recursos del gobierno central para salud eran transferidos directamente a la red de hospitales públicos del país. Sin embargo, este sistema no era suficiente para proporcionar una atención integral en salud a la población de bajos recursos.

EL ESTADO 

 Actúa como ente de coordinación, dirección y control, Sus organismos son:
1.    Ministerio de Salud: tendrá como objetivos primordiales la formulación, adopción, dirección, coordinación, ejecución, control y seguimiento del Sistema de la Protección Social.
2.    La Comisión de Regulación en Salud (CRES):Entidad gubernamental encargada de dirigir el sistema de salud en el país y de regular  los temas relacionados con el Sistema de Seguridad Social en Salud como son el Plan Obligatorio de Salud y la unidad de pago por capitación -UPC-, entre otros.

3.    La Superintendencia Nacional de Salud: que vigila y controla a los actores del sistema. Fijar las políticas de Inspección, Vigilancia y Control, Vigilar el cumplimiento de las normas, Supervisar la calidad de la atención de la salud y control del aseguramiento, la afiliación, la calidad de la prestación de los servicios y la protección de los usuarios, Velar por la eficiencia en la generación, recaudo, flujo, administración, custodia y aplicación de los recursos con destino a la prestación de los servicios de salud, exigir la observancia de los principios y fundamentos del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud.

  ASEGURADORES: Son entidades públicas o privadas que aseguran a la población, actúan como intermediarias y administradoras de los recursos que provee el estado. Son las entidades promotoras de salud (EPS) las administradoras de fondos de pensiones (AFP) y las aseguradoras de riesgos profesionales (ARP).

WEBGRAFIA